EL PLENO FANTASMA (Y 2)
Hay que ser bastante ingenuo para pensar que ha sido casualidad el día de libranza del secretario municipal, justo cuando los plazos establecen que se celebre el pleno tras no haber sido convocado por el alcalde en los 15 primeros días establecidos y por tanto deba hacerse al 10º día.
Oséa, el 14 de junio a las 12 horas, según el reglamento.
Oséa, el 14 de junio a las 12 horas, según el reglamento.
Pero bueno...
Nos comenta el ausente, que un pleno con esas peticiones no es competencia del pleno.
Ya.
En Zierbena nada es competencia del Pleno; todo es competencia del alcalde, de su segundo y de su asesoría legal.
La Ley de Bases de Régimen Local, en su art 22 apartado j, establece lo siguiente, en lo relativo a las funciones del pleno:
j) El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales.
Y ese apartado es amplísimo.
Al menos , igual de amplio que la cantidad de artimañas y subterfugios que se emplean para denegar todo a la oposición.
Pero ese apartado no excluye nada.
Y si no está expresamente excluído, se considera incluído.
Al igual que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento
Y ese apartado es amplísimo.
Al menos , igual de amplio que la cantidad de artimañas y subterfugios que se emplean para denegar todo a la oposición.
Pero ese apartado no excluye nada.
Y si no está expresamente excluído, se considera incluído.
Al igual que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento
Y a nuestro entender, solicitar la dimisión de un alcalde responde a un acto administrativo y pedir que no se use el dinero de todos para defender a dos imputados se corresponde con "acciones judiciales".
Pero claro, nuestro secretario tiene el don de la infalibilidad, como el Santo Padre..
Y con la Iglesia hemos topado
No tenemos nada que hacer.
Entiende el secretario que "pedimos la destitución del alcalde " y eso no es competencia del Pleno si no hay una previa moción de censura.
Pero no es así.
O sí...
según se mire.
La oposición de Zierbena NO HA SOLICITADO LA DESTITUCIÓN DEL ALCALDE.
HA SOLICITADO SU DIMISIÓN.
Y LA DEL CONSEJAL PELNIPOTENCIARIO.
Y prohibir e impedir hacer un pleno contra esa solicitud sí que es un claro ejemplo -presuntamente y a nuestro entender - de saltarse la ley a la torera.
El art 22 de la LBRL en su punto a, establece que:
a)- es labor del pleno la fiscalización y control de los órganos de gobierno: es decir, alcaldía, comisiones y Junta de Gobierno Local.
Y podemos pedir lo que nos permita la Ley y él no es quien para negarlo si se ajusta a la legalidad.
Y presuntamente lo ha hecho.
¿Por qué?
Es lógico pensar que toda traba obedece a un interés por el ocultamiento de algo presuntamente espúreo, ilegal e incluso posible y presuntamente delictivo.
Quien no tiene nada que ocultar, abre las puertas de su casa de par en par.
Y además....es que no es su casa.
También es nuestra.
A ver si lo acaban ustedes de entender, que se han pensado que el ayuntamiento y su dinero y su personal y sus medios son patrimonios de ustedes cual señores feudales y sus "malos usos".
Sólo les falta a ustedes pedirnos el diezmo
y que aremos sus campos.
Y nuestro secretario
(Tachamos esto pues podría entenderse presuntamente que actúa de manera imparcial y ello podría llevar a equívocos)
Por tanto, aún a sabiendas de que la petición de dimisión no es vinculante y SABIÉNDOLO EL SR SECRETARIO, SE HA NEGADO A CONVOCAR EL PLENO, COMO TANTAS OTRAS VECES Y A NEGARNOS INFORMACIÓN Y A ENTORPECER LA ACTIVIDAD DE
LOS CONCEJALES EN SU LABOR DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y NO CONTESTANDO EN PLAZO, TIEMPO Y FORMA A LAS SOLICITUDES HECHAS POR LA OPOSICIÓN Y HACIENDO CASO OMISO DE INFINIDAD DE PETICIONES, DESDE SU ALTAR INSTITUCIONAL Y EMITIENDO INFORMES PRESUNTAMENTE ELABORADOS POR EL GABINETE JURÍDICO QUE ASESORA AL AYUNTAMIENTO Y EN EL CUAL SE GASTAN UNA CANTIDAD DE DINERO QUE AVERGONZARÍA A CUALQUIER VECINO Y QUE COMO TAL TIENE QUE SALIR A CONCURSO PÚBLICO Y ANTE LO QUE EL CONCEJAL DE HACIENDE AFIRMÓ SUPONER QUE ASÍ HABÍA SIDO.
PERO NO LO SABE...concejal de hacienda, controla todo y no lo sabe.
Y nos toma por imbéciles.
Él y sus colegas.
Lo saben perfectamente.
En fin, pensamos que nuestro alcalde, cuadrilla de adeptos y el secretario que les asesora sólo a ellos en lugar de hacerlo a todos los corporativos por igual, se han - presuntamente - columpiado de manera muy grave.
Y visto lo visto, lo dicho en prensa.
Que lo decidan los tribunales.
Y a eso es a lo que hay miedo.
Ya ha acabado el tiempo de intentar el diálogo.
Y documentación hay de sobra.
Una anécdota dedicada a nuestros gobernantes:
"Cierto día, el rey Luis XIV de Francia fue a hablar con Mèzeray, escritor y biógrafo de Luis XI.
Y el Rey Luis XIV le preguntó:
-Mézeray, ¿quién os mandó escribir sobre Luis XI como un tirano?
A lo que el honrado escritor replicó:
-Majestad...y a él, ¿quién le mandó serlo?
No tenemos nada que hacer.
Entiende el secretario que "pedimos la destitución del alcalde " y eso no es competencia del Pleno si no hay una previa moción de censura.
Pero no es así.
O sí...
según se mire.
La oposición de Zierbena NO HA SOLICITADO LA DESTITUCIÓN DEL ALCALDE.
HA SOLICITADO SU DIMISIÓN.
Y LA DEL CONSEJAL PELNIPOTENCIARIO.
Y prohibir e impedir hacer un pleno contra esa solicitud sí que es un claro ejemplo -presuntamente y a nuestro entender - de saltarse la ley a la torera.
El art 22 de la LBRL en su punto a, establece que:
a)- es labor del pleno la fiscalización y control de los órganos de gobierno: es decir, alcaldía, comisiones y Junta de Gobierno Local.
Y podemos pedir lo que nos permita la Ley y él no es quien para negarlo si se ajusta a la legalidad.
Y presuntamente lo ha hecho.
¿Por qué?
Es lógico pensar que toda traba obedece a un interés por el ocultamiento de algo presuntamente espúreo, ilegal e incluso posible y presuntamente delictivo.
Quien no tiene nada que ocultar, abre las puertas de su casa de par en par.
Y además....es que no es su casa.
También es nuestra.
A ver si lo acaban ustedes de entender, que se han pensado que el ayuntamiento y su dinero y su personal y sus medios son patrimonios de ustedes cual señores feudales y sus "malos usos".
Sólo les falta a ustedes pedirnos el diezmo
y que aremos sus campos.
(Tachamos esto pues podría entenderse presuntamente que actúa de manera imparcial y ello podría llevar a equívocos)
Por tanto, aún a sabiendas de que la petición de dimisión no es vinculante y SABIÉNDOLO EL SR SECRETARIO, SE HA NEGADO A CONVOCAR EL PLENO, COMO TANTAS OTRAS VECES Y A NEGARNOS INFORMACIÓN Y A ENTORPECER LA ACTIVIDAD DE
LOS CONCEJALES EN SU LABOR DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y NO CONTESTANDO EN PLAZO, TIEMPO Y FORMA A LAS SOLICITUDES HECHAS POR LA OPOSICIÓN Y HACIENDO CASO OMISO DE INFINIDAD DE PETICIONES, DESDE SU ALTAR INSTITUCIONAL Y EMITIENDO INFORMES PRESUNTAMENTE ELABORADOS POR EL GABINETE JURÍDICO QUE ASESORA AL AYUNTAMIENTO Y EN EL CUAL SE GASTAN UNA CANTIDAD DE DINERO QUE AVERGONZARÍA A CUALQUIER VECINO Y QUE COMO TAL TIENE QUE SALIR A CONCURSO PÚBLICO Y ANTE LO QUE EL CONCEJAL DE HACIENDE AFIRMÓ SUPONER QUE ASÍ HABÍA SIDO.
PERO NO LO SABE...concejal de hacienda, controla todo y no lo sabe.
Y nos toma por imbéciles.
Él y sus colegas.
Lo saben perfectamente.
En fin, pensamos que nuestro alcalde, cuadrilla de adeptos y el secretario que les asesora sólo a ellos en lugar de hacerlo a todos los corporativos por igual, se han - presuntamente - columpiado de manera muy grave.
Y visto lo visto, lo dicho en prensa.
Que lo decidan los tribunales.
Y a eso es a lo que hay miedo.
Ya ha acabado el tiempo de intentar el diálogo.
Y documentación hay de sobra.
Una anécdota dedicada a nuestros gobernantes:
"Cierto día, el rey Luis XIV de Francia fue a hablar con Mèzeray, escritor y biógrafo de Luis XI.
Y el Rey Luis XIV le preguntó:
-Mézeray, ¿quién os mandó escribir sobre Luis XI como un tirano?
A lo que el honrado escritor replicó:
-Majestad...y a él, ¿quién le mandó serlo?
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